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18 de junio de 2018

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Una sala de seguridad comunitaria frente a una sala de seguridad residencial

La Agencia Federal para el Manejo de Emergencias de EE. UU. (FEMA) define un refugio como «una estructura reforzada diseñada específicamente para cumplir los criterios de la FEMA y proporcionar protección vital en caso de fenómenos meteorológicos extremos con vientos fuertes, incluidos tornados y huracanes». Un refugio residencial tiene capacidad para 16 personas como máximo. Un refugio comunitario es cualquier refugio que no se defina como refugio residencial.

Aunque la ley no exige la existencia de refugios de seguridad, algunas estructuras comunitarias están obligadas a incluir un refugio contra tormentas con aberturasresistentes al viento y a los impactos, de conformidad con los códigos ICC 500, si se encuentran en una zona con vientos de 250 mph para tornados:

  • Centros de atención de llamadas al 911
  • Centros de operaciones de emergencia
  • Cuerpos de bomberos, servicios de rescate y centros de ambulancias
  • Comisarías
  • Edificios escolares de educación primaria y secundaria con una capacidad para 50 personas o más

Reforzar un edificio para proteger a las personas de condiciones meteorológicas extremas puede suponer un aumento considerable del presupuesto de cualquier constructor, por lo que algunos gobiernos estatales y locales cuentan con programas de subvenciones, a través del Gobierno federal, para subvencionar parcialmente la construcción de refugios de seguridad tanto residenciales como comunitarios.

Refugios comunitarios contra tornados y huracanes

Existen dos tipos diferentes de refugios comunitarios: los destinados a tornados y los destinados a huracanes. Cada uno de ellos tiene unos requisitos mínimos de superficie por persona distintos, en función del número de personas de pie o sentadas, en silla de ruedas o postradas en cama, según la ocupación prevista en un momento dado. La superficie útil mínima por ocupante es mayor en los refugios comunitarios para huracanes que en los destinados a tornados, ya que los ocupantes necesitan un tiempo de refugio más prolongado en caso de huracanes.

Ocupante de un refugio comunitario contra huracanes

Superficie mínima útil por persona en una habitación de seguridad

Postrado en cama

3,7 metros cuadrados

Conmovido por la silla de ruedas

20 pies cuadrados

De pie o sentado

20 pies cuadrados

Ocupante de un refugio comunitario contra tornados

Superficie mínima útil por persona en una habitación de seguridad

Postrado en cama

2,8 metros cuadrados

Conmovido por la silla de ruedas

10 pies cuadrados

De pie o sentado

0,46 m²

Si eres constructor o arquitecto y te interesa elaborar un proyecto de construcción de un refugio, puedes obtener más información en fema.gov.

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